GOBIERNO ESCOLAR
La ley General de la Educación 115 del 8 de Febrero de 1.994 establece en el Artículo 142 de la conformación del Gobierno Escolar.
Cada establecimiento educativo tendrá un Gobierno Escolar conformado por los siguientes órganos:
LA RECTORA
Actúa como Representante Legal del establecimiento y es ejecutora de las decisiones del Gobierno Escolar, sus funciones las define el Artículo 25 del Decreto 1860 de Agosto de 1.994.
EL CONSEJO DIRECTIVO
Como instancia Directiva de participación de la Comunidad Educativa, orientación académica y administrativa del Colegio.
EL CONSEJO ACADÉMICO
Como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del plantel.
INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
Este Consejo esta integrado por:
LA HERMANA RECTORA quien preside y convoca una vez por mes o en forma extraordinaria cuando lo considere conveniente.
LAS COORDINADORAS preescolar a quinto y sexto a undécimo
DOS REPRESENTANTES DEL PERSONAL DOCENTE, elegido por mayoría de votantes en asamblea de votantes.
DOS REPRESENTANTES DE LOS PADRES DE FAMILIA elegidos por la junta Directiva de la asociación de Padres de Familia.
UNA REPRESENTANTE DE LAS ESTUDIANTES elegida entre las estudiantes de undécimo grado.
UNA REPRESENTANTE DE LAS EXALUMNAS elegida por el Consejo Directivo de la terna presentada por la Asociación de Exalumnas.
UNA REPRESENTANTE de la Comunidad de Hermanas Franciscanas de María Inmaculada.
FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO
· Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución y que no sean competencia de otra autoridad.
· Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los docentes, administrativos, estudiantes, padres de familia, después de haber agotado los procedimientos del Manual de Convivencia.
· Adoptar el Manual de Convivencia del Colegio de la Santísima Trinidad.
· Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa.
· Establecer estímulos o sanciones para el desempeño académico y social de las estudiantes.
· Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la Institución.
· Recomendar criterios de participación y selección de Representantes de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.
· Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras Instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
· Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios.
· Fomentar y constatar la conformación de la Asociación de Padres de Familia y Estudiantes.
· Adoptar las decisiones del consejo Académico y de las comisiones de evaluación y promoción.
· Establecer su propio reglamento.
CONSEJO ACADÉMICO
Está integrado por la Rectora, quien lo preside, las Coordinadoras y un docente por cada área.
FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO
· Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
· Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento introduciendo las modificaciones y ajustes determinados por la Ley General de Educación.
· Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.
· Participar en la evaluación Institucional anual.
· Integrar los consejos docentes para la evaluación periódica del rendimiento de las educandas y para su promoción, asignándoles sus funciones y supervisando el proceso general de evaluación.
· Recibir y decidir los reclamos de las estudiantes sobre la evaluación educativa.
· Las demás funciones afines o complementarias que le atribuya el Proyecto Educativo Institucional.
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